El residente responsable de obra, previo a la entrega de los trabajos, deberá verificar la calidad de los mismos, con el fin de certificar su cumplimiento.
Verificación del cumplimiento de calidad y señalamiento de detalles y/o conceptos inconclusos
El residente responsable de obra de la empresa constructora, tendrá la acción de verificar, llevar seguimiento y certificar.
Durante el recorrido de supervisión de las obras por entregar a solicitud, la residencia de obra verificará de forma especial el cumplimiento de la calidad especificada en planos, catálogos de conceptos, normas y especificaciones y lineamientos de la empresa constructora señalando a detalle, ubicación, lugar y concepto que no cumpla la calidad o aquellos conceptos que estando inconclusos no pueden ser calificados.
En el caso especial de instalaciones, la verificación incluye el resultado de las pruebas, al resultado del recorrido se le adicionaran los resultados de laboratorio y de campo efectuados en el proceso de obra.
Los resultados de esta acción se asientan en bitácora.
Solicitudes de entrega al cliente o las áreas operativas
El residente responsable de obra de la empresa constructora, tendrá la acción de solicitar, programar y realizar.
Por los conductos que corresponden, se elaboran oficios, comunicando que procede ser entregada una obra específica; este es dirigido al área operativa, según formato; a partir del cual cuentan los 30 días de lapso máximo, para llevar a efecto el evento.
El residente responsable de obra, programará el evento de entrega dentro de los 30 días a partir de la fecha del oficio, ratificando la fecha definitiva con las áreas notificadas y procede a la entrega en la fecha programada.
Avisos de entrega a autoridades y dependencias externas
El residente responsable de obra de la empresa constructora, tendrá la acción de verificar, emitir y llevar seguimiento.
Se elaboran oficios que se envían a las autoridades y dependencias externas que intervienen coadyuvando en la obtención de algún servicio o apoyo técnico administrativo.
El residente responsable de obra, informa a las gerencias correspondientes, a que dependencia se debe notificar.
Estos oficios se emitirán paralelos a los oficios de solicitud de entrega a las áreas operativas y/o de mantenimiento, para contar con los mismos 30 días de seguimiento y vigilancia de cumplimiento.


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